Entre los programas de protección social, el Ayuntamiento de Extremadura ofrece ayudas para gastos en suministros vitales en vivienda como gas, energía eléctrica, agua.
Para optar a ser beneficiario de estas ayudas se exige estar empadronado en la comunidad de Extremadura por lo menos 6 meses antes de hacer la solicitud.
Requisitos para ser beneficiario
Además de estar empadronado en Extremadura, los solicitantes deben:
- Ser mayor de edad o estar emancipado
- No poseer ingresos suficientes para cubrir los gastos vitales de la vivienda
- El inmueble donde se generan los gastos debe ser la residencia habitual
Gastos objeto de subvención
Los gastos que se contemplan para el otorgamiento de la ayuda son:
- Gas Natural
- Gas Butano
- Energía Eléctrica
- Agua Potable
- Reconexión y alta de los servicios
En todos los casos, excepto en lo referente a Gas Butano, el abono se hará de manera directa a la entidad que suministra el servicio. En el caso del gas butano, previa presentación de la factura de consumo, el abono se hará al beneficiario.
La ayuda tendrá una cuantía de 700 euros para viviendas de 2 integrantes en la unidad familiar, 800 euros para familias entre 3 y 4 miembros y de 900 euros para familias con 5 integrantes o más.
Las solicitudes deben presentarse ante el órgano competente, en el Registro del Ayuntamiento, junto a los documentos adicionales:
- Documento de identidad
- Certificado de empadronamiento
- Comprobantes de consumo y gastos en la vivienda
- Comprobante de ingresos de los miembros de la unidad familiar
Las ayudas para gastos en suministros vitales en viviendas tienen plazos de presentación diferentes cada año. Los interesados deben consultar en el portal oficial del Ayuntamiento las fechas del año en curso para realizar la gestión. Se puede acceder directamente haciendo uso de este vínculo.