Desde la promulgación del Real Decreto Ley 11/2020, de fecha 31 de marzo de 2020, se han tomado las acciones necesarias para mitigar el impacto ocasionado por la pandemia del Covid 19, brindando ayuda y protección a los ciudadanos que han visto afectado sus ingresos.
En este sentido, el Ayuntamiento de Madrid hace lo propio y ha implementado una serie de medidas dirigidas a personas que no reciben ingresos, se han reducido significativamente y no pueden pagar el alquiler de su vivienda.
Ayuda para alquiler de vivienda en Madrid
La ayuda es transitoria y podrá atender el pago total o parcial del alquiler, siempre que los solicitantes califiquen como económicamente vulnerables. Los requisitos para solicitarla son:
- Estar desempleado, en ERTE o tener reducción de jornada que suponga pérdida significativa de ingresos
- Que la renta más los suministros y gastos básicos supere el 35% de los ingresos netos de la unidad familiar
La ayuda puede ser:
- Aplazamiento y ayuda para el pago de alquiler
- Extensión del contrato de alquiler hasta por seis meses
- Suspensión de desalojo por impago de alquiler
Se puede solicitar un aplazamiento del pago de alquiler cuando el arrendador es una entidad o empresa pública o un tenedor de más de 10 inmuebles urbanos, hasta por un máximo de 4 meses. También puede solicitarse una reducción del 50% de alquiler, en tanto dure el estado de alarma.
Asimismo, se puede solicitar ayuda transitoria de financiación, a través del Instituto de Crédito Oficial, que consiste en un crédito pagadero en diez años con un importe de seis meses de mensualidad de arrendamiento.
La documentación necesaria para gestionar la ayuda, la cual se realiza en el portal www.madrid.es , es:
- Certificación de cuantía mensual de prestaciones por desempleo
- Libro de Familia
- Certificado de empadronamiento
- Declaración responsable